
- En agosto de 2020, la Segunda Sala Unitaria, presidida por el Magistrado Laurentino López, declaró la nulidad del dictamen de uso de suelo. Foto: Especial
Fernanda Carapia /mural
Guadalajara, México (28 julio 2021).-
Aunque los Planes Parciales de Desarrollo no permiten la construcción de hoteles y centros comerciales en la Colonia Jardines del Valle, una resolución del Tribunal de Justicia Administrativa «salvó» a un predio de cumplir con esta norma.
En agosto de 2020, la Segunda Sala Unitaria, presidida por el Magistrado Laurentino López, declaró la nulidad del dictamen de uso de suelo que expidió el Ayuntamiento de Zapopan en 2017, donde impedía al desarrollador la construcción del complejo.
«Se declara la nulidad (…) el Plan Parcial de Desarrollo Urbano del Distrito Urbano ZPN-5 Vallarta-Patria (…) únicamente respecto al predio propiedad de la parte actora», se lee en la sentencia de la cual MURAL tiene copia.
El Magistrado ordenó al Municipio de Zapopan entregar un uso de suelo mixto distrital de intensidad media con ciertas normas, lo que le permite construir un hotel, departamentos y comercios.
«Esto con las siguientes normas de control de densidad de la edificación y urbanización (…) habitacional plurifamiliar vertical (60 unidades de vivienda), comercios y servicios distritales intensidad media (en una superficie de construcción de 9 mil metros cuadrados, y turístico hotelero densidad media (para 100 habitaciones)», se lee en el documento.
La construcción también contará con sótanos, de dos a tres, y estará ubicada en Avenida Acueducto 2447, entre Patria y la Calle La Cueva.
El Magistrado expuso que la parte demandada, es decir, el Ayuntamiento de Zapopan, así como las asociaciones de vecinos y la Procuraduría de Desarrollo Urbano, no justificaron sus excepciones ni defendieron bien el caso.
Ante esto, el desarrollador tiene permiso para que en el predio, con superficie de 5 mil 921.44 metros cuadrados, edifique una torre de departamentos, un hotel y locales comerciales, pese a que en el Plan Parcial el uso de suelo establecido era para habitacional horizontal densidad baja, es decir, casas.
