
por Agustín del Castillo / ntrguadalajara.com
20 de Junio de 2023, 06:00 –
EL TOTAL. El decreto para El Bajío incluye 980 hectáreas de las cuales 315 ya están urbanizadas o con derechos para urbanizarse. (Foto: Archivo NTR/AH)
La zona de recuperación ambiental de El Bajío, decretada por el gobernador Enrique Alfaro Ramírez el 9 de septiembre de 2019, hace casi cuatro años, ha comenzado a tambalearse, pues la administración ha perdido ya cuatro juicios que han derivado en dos jurisprudencias aisladas en contra de la figura decretada. La última, a favor de particulares, se dio a conocer el 9 de junio en el semanario judicial.
El decreto del Ejecutivo abarca la zona conocida como El Bajío del Arenal, en Zapopan, donde se ubican el Estadio Akron y las villas panamericanas. Fue creado con el afán de impedir que la habitabilidad concedida a las villas detonara permisos en una zona que no puede contener alta densidad de construcción, de autos y de personas, y que es área de recarga del acuífero metropolitano; además, plantea armonizar los usos de suelo ya existentes con el mantenimiento de los servicios ambientales y contribuir a la protección de los bosques de pino-encino.
El polígono protegido por el decreto incluye 980 hectáreas en total, de las cuales 315 ya están urbanizadas o con derechos para urbanizarse desde hace muchos años; sin embargo, tras su publicación deben seguir estrictos parámetros de protección medioambiental y sujetarse a disposiciones que marcan el mecanismo y el programa de recuperación. Las villas panamericanas, con una superficie de 16 hectáreas, forman parte de esta última categoría.
Pero tras su publicación comenzaron los recursos legales en su contra y entre ellos resalta una jurisprudencia aislada publicada en febrero de 2022. Se otorgó a un particular y aunque sólo aplicaba para él, sentó un precedente, pues con cinco jurisprudencias similares se puede anular el decreto.
Al igual que en la primera, en la nueva jurisprudencia aislada se señala que el decreto publicado por Alfaro Ramírez viola derechos de audiencia y defensa. La tesis deriva de tres expedientes, los amparos en revisión 5/2021, 205/2022 y 584/2022, ante el primer Tribunal de Distrito del Tercer Circuito.
“El quejoso promovió juicio de amparo indirecto en el que reclamó los artículos 64-A al 64-E de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Jalisco, aplicados en el decreto del gobernador estatal por el que se establece como zona de recuperación ambiental El Bajío (…) al estimar que viola los derechos de audiencia y defensa”, señala el registro digital 2026638 del semanario judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La resolución añade que el decreto referido representa un acto de privación de derechos en perjuicio de los propietarios y poseedores de terrenos que están dentro de la zona de recuperación ambiental, lo que también se determinó en la publicada en febrero del año pasado.
“(El decreto afecta a propietarios) toda vez que les restringe, limita o menoscaba los derechos posesorios sobre sus predios de manera definitiva y no provisional desde el momento de su emisión, pues sólo permite las obras y acciones mencionadas a realizar en ese polígono, todas relativas a la conservación de terreno y recursos, impidiendo el libre aprovechamiento, uso, goce y disfrute de los predios, en tanto veda realizar cualquier obra diversa de las señaladas, así como la explotación de dichos terrenos para supuestos no contemplados”, señala la resolución reciente.
NTR buscó la versión oficial de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) sobre estos procesos desde el 12 de junio, pero no obtuvo alguna respuesta hasta el cierre de esta edición
El mecanismo, sin consulta
Desde el principio se reconoció la debilidad jurídica de un decreto de zona de recuperación ambiental para El Bajío y una de las principales razones es que no se consultó a los afectados con la medida.
El gobierno estatal partió de la premisa de que es una figura invocada en situaciones de urgencia, como ocurrió en el caso del decreto de El Tajo, que le precedió por más de un año, y ha podido mantenerse con más firmeza; sin embargo, en esa zona de la ciudad los ciudadanos han defendido la protección y han sido incluidos como terceros en la mayoría de los amparos contra ese primer decreto.
La solución ideada hasta hace unos meses, cuando la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) estuvo a cargo de Sergio Graf Montero, fue la de preparar un decreto de área natural protegida para El Bajío, el cual obligaría a la consulta de los propietarios y resolvería el tema jurídico, pero no se concretó. Agustín del Castillo
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