
Por José Toral / lider919.com 10/06/2022
Contrario a lo que marca la norma general número 8 de los planes parciales de desarrollo urbano, el Ayuntamiento de Zapopan hizo válido un cambio de uso de suelo al fraccionamiento «La Cima», para poder destinar una cañada del bosque «El Nixticuil» para servicios y comercios, a pesar de que el trámite original se dio en 2014 y el «derecho adquirido» tiene una prescripción de un año.
El director de Ordenamiento Territorial, Juan Pablo Magaña, justifica el movimiento porque el fraccionamiento aún no ha consolidado todas sus etapas.
«Los derechos adquiridos a que hacemos alusión, son los derechos adquiridos por un pago respecto de una licencia de urbanización, porque la norma 8 te aplica a todas aquellas zonas consolidadas urbanísticamente hablando, es decir, Chapalita o Ciudad del Sol, y no a estos señalamientos de una licencia de urbanización; en este caso, La Cima tomemos en cuenta que es una acción urbanística en proceso, que se ha venido generando por etapas; o sea, sí dejar en claro, en la parte de la norma 8, que refiere a todas esas acciones urbanísticas consolidadas».
La norma general 8 señala que «los derechos adquiridos prescribirán al término de un año en que se deje de ejercer el uso de que se trate de manera continua», por lo que el derecho de La Cima a desarrollar comercios en la cañada del bosque prescribió desde 2015 y aplica el uso de suelo vigente en el plan parcial de desarrollo urbano, que es para la conservación ecológica del área.

La norma general no señala en ningún párrafo que sea aplicable únicamente para desarrollos consolidados, como argumenta el funcionario municipal.
El fraccionamiento «La Cima» recibió su licencia de urbanización en 2005, cuando el alcalde de Zapopan era el priista Arturo Zamora Jiménez, y en el proyecto original la cañada estaba clasificada como espacio verde sin posibilidad de construcciones.
Fue hasta el año 2014, en la administración del exalcalde Héctor Robles Peiro, cuando el Ayuntamiento de Zapopan autorizó un cambio al proyecto para destinar un cuarto de héctarea de la cañada para comercios y servicios, a pesar de implicar un impacto ambiental y que para entonces ya estaba vigente el actual plan parcial de desarrollo urbano que prohíbe construcciones en el sitio por su valor ambiental y protección de cauces de agua que pasan por la cañada.
Sin embargo, la autorización del cambio de uso de suelo sólo tenía vigencia de un año, según la norma general 8, por lo que prescribió el derecho adquirido por «La Cima» al no haber aprovechado el uso de suelo de comercios de manera continua.
Pero el pasado 4 de abril, el director de Ordenamiento Territorial autorizó el uso de suelo del predio como «Comercios y Servicios Distritales Intensidad Alta» sin respetar la clasificación como Área de Conservación Ecológica con Actividades Silvestres que marca el plan parcial vigente, ni tomó en cuenta la prescripción del uso de suelo que marca la norma general 8.
Juan Pablo Magaña aseguró que como autoridad están impedidos a dar marcha atrás a las autorizaciones emitidas a favor del fraccionamiento «La Cima», pero invitó a la ciudadanía que se sienta afectada en sus derechos a presentar recursos legales.
Según documentos del Registro Público de Comercio, la empresa que desarrolla el fraccionamiento, «Cima de Zapopan, S.A. de C.V.», es propiedad de la familia Garciarce, dueña de la refresquera AGA.

José Toral
