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Por los riesgos que representa ante las medidas de prevención decretadas por el sector salud ante la pandemia del coronavirus, el Juzgado Octavo de Distrito en materias Administrativa, Civil y del Trabajo concedió una suspensión a la propietaria de una finca contra la construcción de un edificio en la calle Mar Tirreno, en la colonia Country Club, en Guadalajara.

El abogado Alejandro Cárdenas Enríquez explicó que se admitió la demanda de amparo, que quedó bajo el expediente 505/2020 y se concedió la suspensión de plano para que las autoridades que fueron señaladas, en un plazo de 24 horas, verifiquen que la obra cumple con las medidas preventivas para la mitigación y control de riesgos para la salud “que implica (…) el virus SARS-CoV2 (Covid-19)”.

Recordó que el polvo es considerado uno de los conductores de virus y bacterias, por lo que la construcción del edificio viola lo establecido en las medidas preventivas. Además, la presencia de trabajadores puede ser otro foco de contagios.

En la resolución se menciona que las autoridades deberán revisar que se cumpla con lo establecido en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo, así como el acuerdo emitido por el gobierno estatal y publicado en el periódico oficial El Estado de Jalisco.

La propietaria de la vivienda afectada por las obras es una mujer de 74 años de edad con hipertensión, por lo que en la demanda se expuso el grave riesgo que implica para su salud la construcción del edificio.

Las autoridades señaladas en el juicio son las secretarías de Salud, la local y federal, la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco, el Ayuntamiento de Guadalajara, el presidente municipal de Guadalajara y la Dirección de Servicios Médicos Municipales tapatía.

Entre los hechos mencionados está que la ejecución de la obra no solo implica la concentración de trabajadores a distancias no permitidas en las medidas sanitarias, sino que comparten equipo y maquinaria sin control sanitario, además que la obra es un riesgo de propagación porque “almacena material de construcción al aire libre, así como se expone cemento, arena, tierra y demás materiales que desprenden polvo  (material particulado) el cual transporta tanto el virus del Covid-19 como el de la influenza”.

La parte demandante

Quien ganó el amparo es una mujer de 74 años propietaria de una vivienda afectada por las obras. Tiene hipertensión, por lo que en el recurso se expuso el riesgo que implica para su salud la construcción del edificio.

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